Para defender el amor y la esperanza
Este panel nos permite expresar algunas ideas que consideramos fundamentales a tan solo cuatro días del referendo popular, en el que decidiremos, como pueblo, la entrada en vigor de una de las normas jurídicas de mayor trascendencia para la vida social de la nación cubana: el Código de las Familias.
La primera ley en el mundo que tiene entre sus principios la búsqueda de la felicidad. Al acoger y reflejar la realidad familiar existente, extiende su manto protector a todas las personas, resta sufrimientos, multiplica afectos y suma derechos.
Su carácter profundamente transformador y educativo obedece a un inmenso cambio cultural que estamos impulsando, catalizado una vez más por la Revolución desde la más amplia participación popular.
Este Código desarrolla coherentemente —y amplía— los contenidos que en materia familiar refleja la Constitución de la República de 2019, aprobada con el 86,8% de los votos de este pueblo. Además, fortalece los paradigmas constitucionales de pluralidad y diversidad familiar, de igualdad y no discriminación, y de dignidad humana, al ofrecer protección a las diversas formas de organización familiar sin exclusiones.
Es respetuoso de los tratados internacionales de los que Cuba es parte, como la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención de los derechos del niño y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, así como las recomendaciones que la complementan.
Fortalece la responsabilidad familiar desde el punto de vista emocional, educacional, formativo y económico en la atención a sus miembros. Sienta las bases de relaciones jurídicas familiares más democráticas y armoniosas, a la vez que solidarias y responsables.
Busca el equilibrio entre lo público y lo privado, al potenciar la autonomía y el poder de decisión de las personas en las relaciones jurídicas familiares, y elevar la exigencia desde las consecuencias jurídicas que prevé para enfrentar cualquier manifestación de violencia en el ámbito familiar.
El Código de las Famlias no intenta restar derechos ya conquitados, de lo que se trata es de multiplicar los ya ganados y otorgar derechos a quienes hasta ahora han navegado al margen de la ley, huérfanos de una protección jurídica efectiva. Es decir, en armonía con los principios de igualdad y no discriminación, se da acceso a todas las personas a todas las instituciones familiares siempre que cumplan con los requisitos que previamente se establecen en la norma jurídica y que no tienen que ver con su sexo, género, color de la piel, religión, credo, origen territorial, condición socioeconómica, orientación sexual o identidad de género.
Visibiliza y protege de manera especial a las mujeres y las niñas en toda su diversidad, y establece medidas de protección a las personas que pudieran encontrarse en una situación de vulnerabilidad dentro del grupo familiar, como los niños, niñas y adolescentes, personas adultas mayores y personas en situación de discapacidad o víctimas de violencia. Todo ello sustentado en los principios de interés superior del niño, del envejecimiento saludable, de la inclusión y del apoyo a la ancianidad y a la situación de discapacidad, con una visión más cercana a la colaboración y a la asistencia y no al aplastamiento de la capacidad volitiva de la persona, atendiendo siempre a sus propias circuntancias.
“Visibiliza y protege de manera especial a las mujeres y las niñas en toda su diversidad”.
Concibe mecanismos que dotan a las personas dependientes —o aquellas que en el futuro puedan serlo— de la posibilidad de contar y decidir sobre su bienestar, y posibilita que esa decisión sea viable y efectiva.
Protege jurídicamente a las personas que asumen a costa de su superación y desarrollo profesional y personal los cuidados familiares, las cuales están hoy desconocidas por el ordenamiento jurídico, desde una visión de derechos/deberes.
Refuerza el papel de abuelas, abuelos y otros parientes afectivamente cercanos y de relevancia significativa en la dinámica familiar, y resuelve una deuda de larga data con las abuelas y abuelos que se han visto privados de comunicarse con sus nietos por decisión de sus progenitores y no tienen la posibilidad de solicitar a los tribunales la protección del derecho a relacionarse con ellos a partir de un régimen de comunicación y de acompañamiento que beneficie a ambos.
“Refuerza el papel de abuelas, abuelos y otros parientes afectivamente cercanos y de relevancia significativa en la dinámica familiar”.
Asimismo, reconoce la responsabilidad que corresponde a otros parientes distintos a los progenitores, estén o no unidos por lazos consanguíneos, y refuerza la importancia de los vínculos que tienen su simiente en el amor, el afecto y la cercanía emocional, y que resultan significativos para las personas en sus relaciones en el espacio familiar.
Especial mención merecen el rechazo, la condena y la sanción a cualquier forma de violencia familiar que atente contra la armonía y estabilidad en ese espacio supuestamente signado por la intimidad, la confianza, el amor, la solidaridad, los vínculos afectivos y el altruismo, ligados a un fin superior de permanencia y de unidad familiar. Este Código es implacable con quienes pretenden desarrollar sus relaciones familiares a base del maltrato, la humillación y las imposiciones, pues cada acción violenta tiene una consecuencia jurídica.
El Código de las Familias propone derechos que alcanzan a todas las personas a través de fórmulas más inclusivas, justas y solidarias. Es un Código que nos habla de autoridad, pero sin autoritarismo, que nos habla de responsabilidad individual y compartida y no de poder ni posesión, que defiende la disciplina y los límites, pero sin el uso de la violencia.
Por demás, este Código ha sido producto de un ejercicio participativo inédito en la práctica política y jurídica cubana, y que se ha expresado tanto en la consulta especializada que modificó el 60% del Proyecto, la consulta popular que transformó el 49% de su contenido, hasta el referendo que en pocos días tendremos como colofón para su legitimación y puesta en vigor. Es, por tanto, una obra colectiva que integra lo más avanzado de la doctrina jurídica, la mirada multidisciplinar y la sabiduría popular.
Pongamos fin a sufrimientos humanos desgarradores; hay injusticias que reparar y es este el momento. Todas y todos tenemos derecho a la felicidad y a la protección jurídica.
Este 25 de septiembre tendremos la oportunidad, con un acto de amor que se traduce en las urnas en un voto responsable, de abrir las puertas a una nueva etapa de este proyecto social y humanista. Unidas y unidos en la diversidad que somos como nación, y que se expresa desde lo familiar en el respeto al proyecto de vida de cada uno de nuestros ciudadanos y ciudadanas, mantenemos una cultura de derechos y paz que afianza la dignidad humana como el valor esencial que nos guía y nos permite alcanzar una mayor justicia social, lo que constituye la más grande de nuestras aspiraciones.
Tomado de La Ventana, Portal Informativo de Casa de las Américas