Del Decreto 349 y sus contra-invenciones

Jorge Ángel Hernández
16/8/2018

Cuando pude leer el Decreto 349/2018 en la Gaceta Oficial de la República de Cuba saqué una conclusión apresurada: se recupera el ejercicio de la legalidad ante la invasión banal, filistea y mercantilista en espacios institucionales, en la actividad de algunos trabajadores por cuenta propia y por aficionados sin obra alguna, que usurpan el espacio público y burlan el difícil trabajo de educación cultural de la ciudadanía. La impunidad invasiva de esos espectáculos podía por fin ser enfrentada con recurso legal y no solo con llamados al respeto y la decencia. No es suficiente, creo, pues el decreto 349 se limita a las contravenciones en el ámbito de la prestación de servicios artísticos y no se expande, por naturaleza jurídica, al accionar violento y agresivo de sujetos aislados en el espacio común, aunque no es poco, aun así.


Invitación de Sandra Ceballos. Foto: Tomada de Internet

 

No imaginé, en mi conciencia crítica de intelectual, que resultaba a tal grado revolucionario. He vuelto a su letra en la Gaceta a partir de ciertas reacciones que desde las redes sociales de Internet me han asaltado. Algunas de ellas son violentas, agresivas, lesivas, exclusivistas y a tal punto signatarias de un concepto de elite social, que no dejan lugar para posibles discrepancias. Como ha sido la tónica de estas manifestaciones, descartan a priori toda opinión que asuma la osadía de contradecirlas y de antemano desacreditan cualquier gestión institucional al respecto, por tímida que sea. Para estas personas que se nombran artistas, lo sean o no y tengan el nivel que tengan, no resulta legítimo nada que provenga de las instituciones. Todo esfuerzo, por efectivo que sea su resultado, será estigmatizado sin misericordia y tildado de oficialista. Y, como ha ocurrido en numerosas experiencias históricas, para el sujeto que deviene tabú solo queda el desprecio, la ignominia pública y la vejación. Tal es el caso de la incoherente diatriba de la señora Ceballos quien, para ser consecuente con sus propios planteamientos, debía comenzar por renunciar a sus títulos de la Escuela Superior de Arte y de la Academia San Alejandro como avales curriculares, pues ambos son fruto total de la política cultural de la Revolución cubana. Curiosamente, Ceballos expone ahora mismo en su galería, no precisamente legal, obras de artistas ya fallecidos que califican dentro de lo mejor de la creación plástica de vanguardia, justo la zona que será objeto de protección por el Decreto 349.

Otras, como la que lidera la señora Bruguera, pretenden mostrarse bajo un didactismo superior, mundano, actualizado y asistencialista. Tal vez han colegiado que es mejor ese modo para dar crédito a los recortes mal intencionados que hacen de la descripción del Decreto y conseguir que se sumen a la negativa cubanos que viven fuera de Cuba, muchos con nuevas ciudadanías asumidas, y extranjeros de filas que engrosarían una supuesta infantería numérica. Ayer, cuando la curiosidad me hizo buscar su página, ponían 135 como total de firmas, aunque no revelaban ni uno solo de los nombres firmantes.

En primer orden, el Decreto 349/2018 establece claramente su ámbito de acción en la legalidad ciudadana, pues se refiere a la violación de “normas y disposiciones vigentes” que son “cometidas por personas naturales o jurídicas en lugares o instalaciones públicos estatales y no estatales”. Así, la letra es clara, tanto jurídica como semánticamente: no es posible violar con impunidad las disposiciones vigentes de la ley en el espacio público, común. En este aspecto poco se diferencia esta ley de las de la mayoría de los países de Europa, o Norteamérica. Las violaciones del espacio público y la agresión de cualquier tipo a la integridad del prójimo son severamente sancionadas. Fumadores y escandalosos cubanos que han emigrado bien que se ajustan a esas normas en el nuevo contexto y jamás se les ve salir a la palestra pública tratando de cambiar las leyes, ni siquiera intentando vetarlas por opresivas. Menos aún reclaman comercializar cualquier acción que inventen sin pasar antes por el procedimiento establecido por la ley. Es tan obvio, que parece un absurdo insistir en explicarlo.

Pero el guion para Cuba es diferente, se comprende. No es comprensible, sin embargo, que algún que otro artista verdadero dentro del país coquetee con los tópicos de tergiversación ideológica que intentan desacreditar el Decreto. Este procede, justamente, del reclamo de artistas y escritores, desde las organizaciones a las que pertenecen, como la UNEAC, la AHS, la ACAA, ante entidades rectoras como el Ministerio de Cultura, los Gobiernos locales y el Consejo de Estado. Desde esa perspectiva, el Decreto es tímido respecto a cuanto plantearon y reclamaron artistas y escritores en sucesivos espacios de debate y confrontación de ideas, convenciones personales y hasta prejuicios indistintos que ni aun en el sector se han superado. Quienes se erigen en totalidad, siendo una esmirriada minoría, sí son profunda y despiadadamente lesivos con el derecho de quienes reclamamos al Estado cubano una legislación al respecto.

El Decreto, además, sí deja claro qué puede ser lesivo, pues dice, primero en el Artículo 3.1, “pornografía” (b), “violencia” (c), “lenguaje sexista, vulgar y obsceno” (d), “discriminación por el color de la piel, género, orientación sexual, discapacidad” (d) y enseguida en el artículo 4.1, “presentaciones artísticas en las que se genere violencia con lenguaje sexista, vulgar, discriminatorio y obsceno” (a) y “viole los niveles permisibles de sonido y ruidos o realice un uso abusivo de aparatoso medios electrónicos”. Los otros artículos corresponden a la legalidad vigente para el ejercicio de la comercialización, cuestión que, como he dicho antes, en todas partes cuenta con sus reglamentos.

¿Por qué esas sospechosas omisiones en las alharacas de quienes se pretenden depositarios exclusivos de las transformaciones del arte y la cultura? Si como carta de presentación se omite con tan cínica actitud, ¿qué se puede esperar para la práctica concreta, cuando el poder hegemónico al que se pliegan no haya dejado ni siquiera un rescoldo de confrontación?

Las reacciones opuestas al Decreto 349 coinciden, casualmente, en centrarse en la presentación de un caos futuro de censura y represión; anuncian el Apocalipsis y protegen, sin mucha sutileza, las fuentes de financiamiento injerencista que les van permitiendo los diferentes niveles de protagonismo en el espectro público internacional. Es una escaramuza de guerra cultural, sin muchas más señales de altruismo artístico ni deseos de engrandecimiento espiritual para los ciudadanos que han refrendado sucesivamente el sistema de relaciones sociales del país. Como en la mayoría de las escaramuzas de guerra cultural, la demagogia falaz se apropia de los tópicos e intenta desdecir la propia letra de la ley.

Por mi parte he dicho Sí al Decreto 349/2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, aunque espero que otros, tan radicales y revolucionarios como este, pongan coto a la invasión filistea, mercantilista y demagógica de los artistas y pólipos del arte y la cultura que demuestran hasta qué punto están dispuestos a vender la nación y su ciudadanía for a few happy dollars.