La protección del Patrimonio Edificado desde el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural

Vilma Rodríguez Tápanes
24/3/2021

El término patrimonio se asocia a la herencia, los bienes y riquezas legados de los ascendientes. Todas las personas tienen un patrimonio que valoran y transmiten dentro de la familia con respeto y según lo acordado entre ellos, pero cuando se habla de patrimonio cultural se hace referencia a la herencia cultural de la sociedad, un bien colectivo que se protege siguiendo las normas legales que la propia sociedad ha aprobado. El patrimonio cultural incluye los exponentes naturales o los producidos por el hombre que evidencian la cultura material o espiritual del pasado y el presente de una sociedad y que por su significado tiene que ser conservado y transmitido de generación en generación. El patrimonio edificado forma parte del patrimonio cultural y en él se incluyen los bienes inmuebles de cualquier naturaleza y forma de propiedad a los que la sociedad les reconoce valor; desde una escultura hasta su expresión más compleja, las ciudades, e incluye exponentes arqueológicos tanto terrestres como subacuáticos.

Castillo de San Pedro del Morro. Fotos tomadas de Internet
 

Cuando en las ciudades y poblados se descuida la protección del patrimonio edificado se produce una pérdida de la identidad colectiva; se alienta el desorden y la desidia; se promueve la indisciplina, el maltrato al bien público; se deterioran los valores en los ciudadanos. Para garantizar la protección del patrimonio edificado hay que hacer cumplir las leyes y regulaciones, evitar las improvisaciones, crear e implementar eficaces y eficientes sistemas de gestión que conserven y potencien sus valores.

La protección jurídica del patrimonio edificado en Cuba tiene sus antecedentes desde la época colonial con la aplicación de diferentes documentos legales entre los que se encontraban las Leyes de Indias, las Ordenanzas Municipales y de Construcción, plan de obras públicas, ornato y saneamiento urbano cuyos preceptos y disposiciones dejaron huellas visibles hasta hoy. Durante el período republicano existió un cuerpo legislativo (Ordenanzas Sanitarias y la Ley Orgánica de los Municipios en 1908, Ley de Obras Públicas 1925, Constitución de 1940) que ordenaba el crecimiento de la ciudad y la construcción de edificaciones, así como reconocía la responsabilidad del Estado en la conservación y protección de los monumentos nacionales y los lugares notables por su belleza natural o por su reconocido valor artístico e histórico. De esa época data la constitución de la Comisión Nacional de Monumentos (Decreto No. 116 de 1940).

Fachadas. Santiago de Cuba.
 

El estado cubano, en el periodo revolucionario ha jerarquizado la protección legal del patrimonio al crear en 1963 el Consejo Nacional de Cultura, que derivó después en el Ministerio de Cultura con su Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, reactivó la Comisión Nacional de Monumentos y proclamó las Leyes I y II dirigidas a la Protección del Patrimonio Cultural y a los Monumentos Nacionales y Locales respectivamente, ambas fueron las pioneras del primer cuerpo legislativo que acompañaba el proceso de institucionalización del país iniciado con la proclamación de la Constitución de 1976 y la creación de la Asamblea Nacional y los Órganos Locales del Poder Popular.

Amparado en este cuerpo legal vigente es que el Consejo Nacional de Patrimonio cumple el encargo estatal de proteger el Patrimonio Edificado como parte esencial de la cultura y la identidad de la nación.

La protección del patrimonio edificado comienza con el inventario, proceso mediante el cual los recursos patrimoniales de un territorio se reconocen como valiosos y por lo tanto merecen una protección oficial que tribute a su conservación. Desde el Consejo Nacional de Patrimonio se emiten las instrucciones metodológicas y se supervisa la elaboración y actualización de esos inventarios de acuerdo a la clasificación que reconoce la ley.

Fachadas. La Habana.
 

La ley II y su Decreto 55 contienen una clasificación del patrimonio edificado que incluye los centros históricos urbanos, los sitios, las construcciones y los objetos. Esta clasificación y otros aspectos de ambos documentos jurídicos han sido enriquecidos y atemperados a términos y definiciones con el alcance que reconoce la legislación internacional, de la cual Cuba es signataria, y se han propuesto dentro de la nueva Ley de Protección del Patrimonio Cultural y Natural que está en proceso de revisión.

Desarrollar un sistema nacional de inventario, suficientemente informatizado, que sirva de instrumento a los gobiernos locales para trazar estrategias y políticas de gestión en torno al patrimonio cultural y su contribución al desarrollo local es una meta en la que trabaja el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural.

Las declaratorias de protección del patrimonio edificado, que reconoce la legislación vigente, incluyen la de Monumento Nacional, Monumento Local y Zona de Protección, cualquiera de los más de 500 bienes que posee una de esas declaratorias; es considerado Patrimonio Cultural de la Nación y en consecuencia su gestión debe regirse por las regulaciones que al respecto establece ese cuerpo legislativo específico. Asimismo, esos bienes declarados Patrimonio Cultural de la Nación constituyen la cantera para engrosar las filas de la Lista del Patrimonio Mundial cuando reúnen valor universal excepcional reconocido por la Unesco. Cuba, con sus nueve sitios declarados, se honra de ser el país de Centro América y el Caribe con más sitios inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial.

Plaza de la Catedral.
 

El Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, a través de su Dirección de Monumentos y de la Comisión Nacional de Monumentos, vela por la protección de esos bienes declarados como Patrimonio Cultural de la Nación y Patrimonio Mundial, promueve con las Universidades, Institutos y Centros de Investigaciones estudios e investigaciones vinculados con la conservación del patrimonio edificado; analiza y aprueba, en coordinación con las autoridades de la Planificación Física, los proyectos de intervención que se proponen realizar en ellos velando por su integridad y autenticidad; monitorea la ejecución de acciones de conservación y exige a los responsables el cumplimiento de las regulaciones y normas que garantizan buenas prácticas de intervención. Además, en coordinación con los responsables y gestores del Monumento, supervisa la elaboración y el cumplimiento de los planes de gestión para asegurar la conservación, valorización y gestión sostenible de ese patrimonio.

El Consejo Nacional de Patrimonio Cultural y su representación en los territorios trabajan por minimizar los errores que por actuaciones inadecuadas, decisiones mal tomadas o desconocimiento, atentan contra la conservación de los valores del patrimonio edificado. En tal sentido es importante perfeccionar las relaciones institucionales con una visión más proactiva, incrementar la formación y el fortalecimiento de capacidades de los principales actores y propiciar la participación activa de las comunidades.

Transmitir el valor del patrimonio edificado, sus potencialidades como recurso cultural y económico, así como alertar sobre las amenazas potenciales que se ciernen sobre él, es una de las líneas estratégicas que en temas de comunicación desarrolla el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural. La presencia de esta temática en las redes sociales y los medios masivos de comunicación, las actividades educativas con los niños y jóvenes contribuyen a sensibilizar, en públicos diversos, el interés por la protección del patrimonio edificado. Sin embargo, hace falta encontrar formas más efectivas de transmitir los valores del patrimonio edificado desde la autenticidad de cada estilo y de cada localidad, hay que enseñar a las comunidades a reconocer el valor del patrimonio edificado de su territorio, su singularidad y la importancia de preservarlo y potenciarlo; hay que trabajar por modificar los paradigmas de lo que es “bueno o novedoso”, porque casi siempre, copiar para parecerse a otros genera falsos valores y atenta contra la identidad y la cultura.

Se debe incentivar el trabajo con los gestores del patrimonio edificado para que, cada vez, ganen más conciencia de la responsabilidad que asumen al tener a su cargo la parte más dinámica de la herencia cultural del país; la que no es solo objeto de contemplación, sino ente activo de la vida cotidiana de los ciudadanos y, por lo tanto, tiene que responder a muchas de las exigencias contemporáneas sin ir en detrimento de sus valores. Ese es un reto sistemático que solo se salva con conocimiento y ética. Hay que seguir demostrando como el patrimonio edificado puede convertirse en un importante motor del desarrollo local, como atractivo turístico para visitantes foráneos y nacionales y como inspiración para la innovación y el desarrollo de industrias creativas. Diseñar indicadores que permitan evaluar con eficacia cuál es la contribución de este producto cultural al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible es una herramienta muy útil para evidenciar, desde diferentes ángulos, su valía.

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